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Arraigo Familiar en España. Regulariza tu situación a través de vínculos familiares

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El arraigo familiar es uno de los trámites más convenientes para un gran grupo de extranjeros e inmigrantes. Si tu situación en el país es irregular y eres hijo (o padre) de un español, en este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber.
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¿Qué es la residencia por arraigo familiar?

Es bien sabido que hay muchas personas que viven en España de forma ilegal y tienen que sufrir de una situación muy irregular. Quizás sea un ser querido o tú mismo, pero independientemente del caso, no tiene por qué ser así. Dependiendo de cuál sea tu contexto, España pone a tu disposición varias herramientas para ayudarte con el problema. El arraigo familiar en España es uno de los tres trámites en el grupo de permisos de residencia por circunstancias especiales, y la ayuda definitiva para estabilizar tu situación en el país. Quédate para saber exactamente como puedes beneficiarte del arraigo en España.

El arraigo es un proceso que permite a ciudadanos no europeos que han estado residiendo en España de forma ilegal obtener un permiso. Es decir, el arraigo no es un trámite común destinado a solicitar una autorización para vivir y trabajar en el país, sino un proceso para regularizar la situación de alguien que esté residiendo ilegalmente. Una de las ventajas claras de este proceso es que lo puedes inicializar desde dentro del país, un factor muy distintivo de otras solicitudes. De conseguirlo, podrás vivir en España por un año con posibilidad renovación.

El proceso es muy simple en esencia, pero puede resultar laborioso, por ello queremos ofrecerte la mejor asistencia posible. ¿Quieres concertar una cita con un experto en el área de inmigración y extranjería? El destacado abogado Lino García esta a un clic de distancia, ¡no lo dudes!

Por lo pronto hablemos de las particulares del arraigo familiar y porque te debe interesar.


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El arraigo familiar se distingue de los otros dos tipos de permisos

Rigiéndose por el Real Decreto 577/2011, de 20 de abril, en el cual pone en vigencia la Ley Orgánica 4/2000, acceder al arraigo familiar es solo posible si tienes un descendiente o ascendiente directo con ciudadanía española. Comencemos por si tu caso es que eres descendiente del español (hijo o hija). Siendo este tu caso, tienes que certificar que eres descendiente de un ciudadano español por origen. ¿Qué es un español por origen? Básicamente es un individuo que obtuvo su nacionalidad porque es hijo de un español

¿Eres el padre o madre de un ciudadano Español? Estas de suerte, mientras tu descendiente sea menor de edad (menos de 18 años) eres apto. Asimismo, si eres padre de cualquier niño europeo, el trámite será igual de posible sin importar si es italiano, francés o cualquier otra nacionalidad dentro de la unión.

Con el permiso puedes trabajar en España

¡Así es! Con el arraigo familiar puedes trabajar en España sin ningún problema. La autorización siempre se concede con un permiso de trabajo, ambas cosas por una duración de un año. Conseguido el permiso de trabajo puedes laborar legalmente en el país o crear tu propio negocio, y se renueva junto al arraigo familiar.

Documentos requeridos para el arraigo familiar

El requisito principal para poder acceder al arraigo familiar es ser descendiente o ascendiente directo de un ciudadano europeo. Pero no es todo. Lógicamente hay que armar un expediente que cuente con los documentos estipulados en la ley, y que son:

  • El modelo de solicitud de residencia oficial para situaciones excepcionales (modelo EX-10)
  • El documento conocido como «Padrón» que afianza que tienes una dirección registrada en España.
  • Un certificado de tus antecedentes criminales por los últimos cinco años que demuestre que no has cometido ningún crimen penado por la ley española.
  • El acta de nacimiento de tu ascendiente o descendiente por parte del Registro Civil. Esta será la prueba clave para demostrar que puedes aplicar para el arraigo familiar.
  • Acta de nacimiento de tus abuelos. No es obligatorio, pero siempre ayuda a la hora de conseguir un resultado favorable en el trámite cuando tus abuelos son españoles de origen.

¿Cuánto tarda la residencia por arraigo familiar en España?

Una vez enviado el expediente a la oficina de inmigración, la susodicha tiene hasta tres meses para emitir una respuesta. De pasar el periodo de tiempo estipulado sin que recibas respuesta alguna, entonces se considera que la solicitud fue denegada por silencio administrativo. Pero no te preocupes, en dado caso puedes interponer un recurso contencioso-administrativo para que tu solicitud sea revisada. Durante los tres meses de la solicitud no puedes dejar España sin una autorización, o perderás el arraigo familiar.

¿Cómo podemos ayudarte?

El arraigo familiar es un trámite que no tiene ningún aspecto excesivamente complejo, pero sigue siendo tedioso de llevar a cabo. Nos interesa poderte ayudar en todo lo posible, pues sabemos que tu tiempo es valioso y no quieres perder un solo segundo. El experto abogado Lino García se encargará de asegurar el éxito en todas tus solicitudes de extranjería, puedes pedir una cita ya mismo. Por otro lado, si quieres leer más artículos como este, revisar nuestro blog es un excelente punto de partida. Ahí hablamos de más procesos relacionados con la inmigración.


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Abg. Lino Garcia

ABOGADO ESPECIALISTA EN EXTRANJERIA , INMIGRACION Y NACIONALIDAD

Colegiado ICAM 138.891

Abogado Especialista en Extranjería A Coruña, Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Islas Baleares, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Girona, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Jaén, La Rioja, Las Palmas, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Navarra, Orense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Santa Cruz de Tenerife, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora, Zaragoza.

6 comentarios en “Arraigo Familiar en España. Regulariza tu situación a través de vínculos familiares”

  1. Buenos días,
    me surge una duda en el caso de que yo vaya a España como turista con permiso de 3 meses pero posterior a ello y ya con empadronamiento y lugar donde vivir ahí puedo solicitar el arraigo familiar si soy hija (Mayor de edad 31) con un hijo de 1 año por medio de mi madre que tiene nacionalidad española por vivir y trabajar ahí hace 19 años ?
    la ya consulte y por reagrupación familiar no puedo ya que ya soy mayor de edad y mi madre no tiene un piso donde alquila, ella trabaja como interna y vive en su lugar de trabajo

    1. va a depender de la demostración del elemento a cargo para poder aplicar al arraigo familiar como descendiente de española siendo usted mayor de 21 años de edad, quedo a su orden en el botón de cita previa de esta web para asesorarla.

  2. Buenos días,
    Me surge la duda si puedo adquirir la residencia por arraigo familiar, ya que si bien la Ley dice, «hijo menor de edad de nacionalidad española», no dice si tiene que haber nacido en España o si puede ser que la haya adquirido posteriormente.
    Mi caso es que mi hija es menor de edad, somos de Guatemala.. Adquirió la nacionalidad española hace poco. Aquí corresponde hacer arraigo familiar para mi?
    Muchas gracias.

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Abogado Lino Garcia

Especializado en casos de extranjería, inmigración y nacionalidad

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