Autorización de Estancia por Prácticas No Laborales

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Autorización de Estancia por Prácticas no laborales habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días
Excepciones a la Situación Nacional de Empleo
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La autorización de estancia por prácticas no laborales habilita a permanecer en España por un período superior a noventa

Estas prácticas pueden ser en un organismo o entidad pública o privada o un centro de formación profesional reconocido oficialmente, en el marco de un convenio elaborado a tal fin.

Normativa de la Autorización de Estancia por Prácticas no laborales

Requisitos para Solicitar la Autorización de Estancia por Prácticas no laborales

  • Estar fuera del régimen comunitario
  • No tener prohibida la entrada en España y o figurar como rechazable.
  • Medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país, así como, gastos de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
  • 100% del IPREM, es decir, 600 euros al mes, pero, si acredita todo el alojamiento dicha cantidad se puede reducir al 50%.
    75% del IPREM para el primer familiar (900eur) y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas (300eur).

Ejemplo año 2023

  • 100% Iprem = 600 eur al mes
  • 75% IPREM 1º familiar 900 eur al mes.
  • 2º Familiar 50% = 300 eur al mes.
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad.
  • En el supuesto de menores de edad será necesario constancia del centro educativo.
  • Realizar las prácticas en el marco de un convenio firmado con un organismo o entidad pública o privada.
  • Haber sido admitido en una empresa pública o privada o centro de formación profesional reconocido oficialmente, en base al citado convenio.
  • Certificado de ausencia de antecedentes penales en el caso de que la estancia supere los 6 meses y el solicitante es mayor de edad.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo establecido en el Art 10 del RELOEX 557/2011 y lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

Documentos Necesarios para la Autorización de Estancia por Prácticas no laborales

  • Impreso de solicitud de visado nacional firmado por el extranjero o su representante legal en caso de ser menor de edad.
  • Pasaporte completo.
  • Medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
  • Autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto en caso de menores.
  • Seguro médico.
  • Convenio firmado con entidad pública o privada.
  • Pruebas de admisión en empresa pública o privada o en un centro de formación profesional reconocido oficialmente.
  • Certificado médico y de antecedentes penales si la duración de la estancia supera los seis meses y el solicitante es mayor de edad.

Procedimiento – Autorización de Estancia por Prácticas no laborales

La solicitud debe se presentada por el extranjero o por sus padres, tutores o representante debidamente acreditado en el caso de ser menor de edad, todo ello, en el Consulado de España.

Tasa por la expedición de visado – Autorización de Estancia por Prácticas no laborales

Aproximadamente son 60 euros que deben abonarse en el momento de solicitar el visado.

Plazo de resolución y expedición del visado

El plazo máximo para notificar la resolución es de un mes, no obstante, transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa se entiende que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

El visado concedido deberá ser recogido en el plazo de dos meses desde la notificación.

De no efectuarse la recogida en el plazo mencionado, se entenderá que el interesado ha renunciado al visado concedido y se producirá el archivo del procedimiento.

Duración de la Autorización de Estancia por Prácticas no laborales

La duración de la estancia será igual a la de las prácticas no laborales que se vayan a realizar con el límite máximo de un año.

TIE – autorización de estancia por prácticas no laborales

El extranjero personalmente solicita la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).

El plazo para solicitar el TIE es de un mes desde la entrada en España.

La solicitud se realiza en la Comisaría de Policía.

El TIE podrá otorgarse siempre y cuando la estancia vaya a  superar los seis meses.

Además, deberá aportar:

  • Solicitud de tarjeta de extranjero, en modelo oficial (EX-17).
  • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta
  • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

¿Cuándo no corresponde solicitar la estancia para prácticas no laborales?

No será necesario solicitar esta autorización cuando las prácticas no laborales ya formen parte del plan de estudios para el que se otorgó la autorización de estancia y en el marco del convenio de colaboración.

El extranjero puede venir acompañado de sus familiares, y también puede ser autorizado a realizar actividades lucrativas por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que la actividad sea compatible con la realización de las prácticas, y los ingresos obtenidos no tengan el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia.

¿Cuáles Familiares pueden acompañar al solicitante?

  • El cónyuge o la pareja de hecho
  • Hijos menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud

Estos son los familiares que pueden solicitar en el Consulado de España una autorización para entrar y permanecer legalmente en España junto al extranjero durante las practicas no laborales.

Sujeto legitimado para presentar la solicitud de visado para la Autorización de Estancia por Prácticas no laborales

Es el propio familiar quien debe instar la solicitud en el Consulado de España.

La solicitud del familiar puede ser simultánea con la solicitud del extranjero que va a realizar las practicas.

Pero, también podrá el familiar instar la solicitud en cualquier momento posterior a la solicitud del principal.

Requisitos para el familiar

  • Medios económicos suficientes para el sostenimiento de la unidad familiar
  • Vínculo familiar o de parentesco
  • Documentación acreditativa de no ser objetivamente capaces.

Vinculación entre la autorización del principal y la de sus familiares

La autorización de los familiares estará vinculada a la del extranjero en situación de estancia por prácticas no laborales, por tanto, podrán permanecer en territorio español el mismo periodo y en la misma situación que éste.

TIE para familiares

Si la estancia de los familiares es superior a seis meses deberán obtener tarjeta de identidad de extranjero.

La estancia de los familiares no habilita realizar actividades laborales.

Autorización de trabajo para el extranjero que desarrollará las practicas no laborales

La posibilidad de conceder una autorización de trabajo siempre será potestad de la Delegación o Subdelegación del Gobierno mediante la oficina de extranjeros.

Si quieres saber más sobre los requisitos de esta autorización, lee nuestro post sobre autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Requisitos para la autorización de trabajo

  • Las actividades laborales deberán ser compatibles con la realización de la actividad.
  • Los ingresos obtenidos no deberán tener el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia, ni serán considerados, en el procedimiento de prórroga de estancia.
  • El extranjero deberá tener la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • La empresa solicitante deberá estar inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • La empresa deberá acreditar medios económicos, materiales o personales suficientes para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato.

Medios Económicos de la empresa que va a contratar 

  • el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo, pero, descontado el pago del salario convenido.
  • 200% del IPREM si la unidad familiar incluye dos miembros.
  • 50% por cada miembro adicional.

Ejemplo Año 2023

  • 100% IPREM = 600 euros al mes + Salario del estudiante
  • 200% PREM para el empleador + 1º Familiar, por ejemplo, 1.200 euros al mes + Salario del estudiante.
  • 250% IPREM para el Empleador + 2º Familiar, por ejemplo, 1.500 euros al mes + Salario del estudiante.

Jornada Laboral en el Contrato

El contrato se deberá formalizar por escrito y ser a tiempo parcial, no obstante, en el supuesto de ser a jornada completa su duración no deberá superar los tres meses ni coincidir con los periodos que se realicen los estudios.

Por otro lado, las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente.

Documentación necesaria para la autorización de trabajo por cuenta ajena

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-12)  y firmado por el empleador.
  • Pasaporte completo.
  • Acreditación de la cualificación profesional.
  • Documentación acreditativa de la compatibilidad con la actividad laboral.
  • Identificación de la empresa que solicita la autorización
  • Contrato de trabajo firmado por el empleador y el trabajador.
  • Acreditación de los medios económicos para hacer frente a las obligaciones contractuales.

Procedimiento para la autorización de trabajo por cuenta ajena

Es el empleador o empresario, personalmente, o mediante representante quien debe instar la autorización de trabajo.

Todo ello, en la oficina de extranjeros

Tasas para la autorización de trabajo

Deberán abonarse por el empleador en el plazo de diez días hábiles mediante el modelo 790 062.

Plazo de resolución de la solicitud

El plazo de contestación es de 3 meses, Sin embargo, transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

La vigencia de la autorización para trabajar coincidirá con el contrato de trabajo.

Además, no podrá ser en ningún caso superior a la de la duración de la autorización de estancia.

La pérdida de vigencia de la autorización de estancia es causa de extinción de la autorización para trabajar.

TIE

El trabajador deberá solicitar la TIE personalmente en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización.

Dicha solicitud deberá efectuarla en la Comisaría de Policía y, además, deberá aportar:

  • Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX-17).
  • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
  • Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social, en su caso.
  • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Prórroga de la autorización de trabajo

Siempre que se disponga de autorización de estancia, la autorización de trabajo puede ser prorrogada, pero, hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Las actividades laborales siguen siendo compatibles con la realización de la investigación o la formación.
  • Los ingresos obtenidos no tienen el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia.
  • Se prorroga el contrato a tiempo parcial o, si fuera a tiempo completo, cuando la duración inicial fuera por un periodo inferior a tres meses y hasta dicho periodo máximo.

Autorización de trabajo por cuenta propia

La posibilidad de trabajar no solo queda supeditada a una autorización de trabajo por cuenta ajena, también es posible instar una autorización de trabajo por cuenta propia.

Te invitamos a leer nuestro post sobre autorización de residencia y trabajo por cuenta propia

  • Las actividades laborales deberán ser compatibles con la realización de las prácticas.
  • Los ingresos obtenidos no deberán tener el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia, ni serán considerados en el procedimiento de prórroga de estancia.
  • La actividad laboral deberá ser a tiempo parcial o, en el supuesto de ser a tiempo completo, su duración no podrá superar los tres meses ni coincidir con los periodos que se realicen las prácticas.
  • Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
  • Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada.
  • Acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
  • Recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento.

Documentos necesarios para solicitar la autorización de trabajo por cuenta propia

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-12) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • Pasaporte completo.
  • Acreditar cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Documentación acreditativa de la compatibilidad de los estudios con la actividad laboral.
  • Certificado de colegiación para actividades profesionales.
  • Acreditar la capacitación y cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Pruebas de inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  • Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.

Procedimiento para la autorización de trabajo por cuenta propia

El sujeto legitimado es el propio extranjero personalmente o mediante representación.

La solicitud deberá efectuarla a la oficina de extranjeros.

Tasas de trabajo

Se devenga en el momento de admisión a trámite de la solicitud, sin embargo, debe abonarse por el estudiante en el plazo de diez días hábiles mediante el modelo 790 062.

Plazo de resolución de la solicitud

El plazo para obtener respuesta es de 3 meses, sin embargo, transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Vigencia de la autorización de trabajo por cuenta propia

La vigencia de la autorización para trabajar coincidirá con la proyectada para la actividad por cuenta propia y no podrá ser en ningún caso superior a la de la duración de la autorización de estancia.

La pérdida de vigencia de la autorización de estancia es causa de extinción de la autorización para trabajar.

TIE

El trabajador deberá solicitar personalmente la TIE en la Comisaría de Policía, todo ello, en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización.

Prórroga de la autorización de trabajo por cuenta propia

Se podrá prorrogar siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Las actividades laborales siguen siendo compatibles con la realización de las prácticas.
  • Los ingresos obtenidos no tienen el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia.
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Abg. Lino Garcia
Abg. Lino Garcia

ABOGADO ESPECIALISTA EN EXTRANJERIA , INMIGRACION Y NACIONALIDAD

ICAVigo 3.853

Abogado Especialista en Extranjería A Coruña, Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Islas Baleares, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Girona, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Jaén, La Rioja, Las Palmas, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Navarra, Orense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Santa Cruz de Tenerife, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora, Zaragoza.

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Abogado Lino Garcia

Especializado en casos de extranjería, inmigración y nacionalidad

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